El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha fallado a favor de la demanda presentada por la Federación de USO en la CAIB, reconociendo el derecho del personal laboral de la administración autonómica a disfrutar de siete días de permiso por asuntos propios.
Según el sindicato, este fallo restablece un derecho que ya estaba contemplado en el IV Convenio colectivo, pero que fue suspendido con los recortes de 2012, reduciéndolo a tan solo tres días. A pesar de que el V Convenio de 2013 mantuvo esta limitación, se acordó que las mejoras se restituirían automáticamente una vez levantadas las restricciones legales.
La sentencia confirma que, con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 10/2015, estas limitaciones dejaron de aplicarse al personal laboral, lo que obliga a la administración a implementar de manera inmediata este séptimo día de permiso.
El secretario de organización del sindicato ha expresado su satisfacción con el resultado, destacando que esta victoria es el resultado de la defensa constante de los derechos de los trabajadores. Se recupera así el séptimo día de libre disposición para el personal laboral de la CAIB.
Se hace un llamado a la administración autonómica para que cumpla de inmediato con esta sentencia y respete este derecho, sin dilaciones, incluso si decide presentar un recurso de casación. La prioridad es garantizar el cumplimiento de este derecho adquirido por los trabajadores.
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